Escribe. Reynaldo Espinal

Introducción
Cuando ya comenzaban a perfilarse los contornos del nuevo orden internacional emergente tras la inmensa catástrofe de la primera guerra mundial, tuvo la idea el Presidente demócrata norteamericano Woodrow Wilson- de triste recordación para nosotros por ser durante su mandato cuando se hizo efectiva la fatídica primera intervención militar norteamericana-, de proponer, en el marco del Tratado de Versalles, la creación de la primera organización internacional de vocación universal, indistintamente denominada la “Sociedad de Las Naciones”, “Sociedad de Naciones” o “ Liga de Naciones”, precedente inmediato de la Organización de las Naciones Unidas.
Constituida en el marco del “Pacto de Versalles”, en vigor desde enero de 1920, el cual, conforme la opinión de autorizados expertos, fue germen de la segunda guerra, tuvo la Sociedad de Naciones su momento de mayor esplendor en su primera década de su efímera andadura, siendo su hito más descollante las gestiones encaminadas a la firma del famoso pacto Briand- Kellogg o “ Pacto de París” en 1928, promovido y liderado por Francia y los Estados Unidos, por lo cual lleva el nombre del entonces Ministro de Relaciones Exteriores de Francia ( Arístides Briand) y el Secretario de Estado de los Estados Unidos Frank Billings Kellogg.
Cabe significar, a propósito, que por esas paradojas y contradicciones del devenir histórico, Los Estados Unidos no pudieron ingresar a la Sociedad de Naciones, dado que el Congreso norteamericano se opuso al interés del Presidente Wilson en tal sentido a pesar de que la propuesta fue formulada por Wilson ante el congreso en sus famosos 14 puntos, en enero de 1918.
Tras la salida de las tropas interventoras en 1924, acordada mediante el pacto Hughes-Peynado de 1922, que en teoría constituyó la salida jurídica para la desocupación, pero, al propio tiempo, consagró la legitimación contra natura de todos los actos jurídicos emanados de la arbitrariedad del ocupante, inicia el gobierno de Horacio Vásquez iniciativas diplomáticas encaminadas a reposicionar el país en la comunidad internacional tras el azaroso eclipse de su personalidad jurídica internacional.
Lic. Jacinto de Castro, nuestro Delegado a la V Conferencia de la Sociedad de Naciones en 1924
Conforme los registros existentes, contó la República Dominicana, entre otros, con el parecer favorable del Embajador Cobián, representante de España, Embajador Fernández y Medina, de Uruguay, Embajador Urrutia, de Colombia, El Embajador Nansen, de Noruega, el mismo Embajador Enkell, Embajador Parra Pérez, de Venezuela y el Embajador Agüero y Betancourt, de Cuba.
La Subcomisión designada estuvo integrada por los representantes Gilbert Murray( de Gran Bretaña), Urrutia, de Colombia, Tcheou Wei, de China, De Jouvenal, de Francia, el Conde Bonin Longarde ( Italia) y Fernández Medina, de Uruguay.
Reunida la Subcomisión, el Lic. De Castro fue invitado, a fines de proceder al examen de la solicitud de admisión. Hizo lo propio ante la Comisión Permanente Consultiva para las cuestiones militares, navales y aéreas.
Tanto la Subcomisión designada por la Sexta Comisión como la Comisión Permanente Consultiva informaron favorablemente y a unanimidad a la Sexta Comisión respecto al ingreso de la República Dominicana, siendo escuchado en fecha 27 de septiembre el informe favorable, leído por el representante de Cuba, el Embajador Agüero y Betancourt, resolviéndose por unanimidad recomendar a la Asamblea la aceptación de la República Dominicana como Miembro.
Dos días después, el 29 de septiembre de 1924, tras considerar el informe presentado, leído por el Embajador cubano Agüero Betancourt, pronunciándose la Sexta Comisión resolutó en los siguientes términos:
“La Sexta Comisión, después de conocer el informe de la Subcomisión Encargada de examinar la solicitud de admisión de la República Dominicana, aprueba este informe y propone a la Asamblea, a unanimidad, la admisión de la República Dominicana en la Sociedad de Naciones”.
La subcomisión tomó como base metodológica de sus trabajos, el cuestionario de rigor que rigió para todas las admisiones precedentes, el cual inquiría, esencialmente, en torno a si la solicitud de admisión era regular- es decir hecha mediante documentación y procedimientos formales-, si la República Dominicana gozaba del reconocimiento internacional, de hecho o de derecho, y por cuáles Estados; si poseía gobierno estable y fronteras definidas; si el país se gobernaba libremente y cuales habían sido los actos y declaraciones de la República Dominicana respecto a sus compromisos internacionales y a las prescripciones de la SDN respecto a armamentos.
Respecto a estas dos últimas cuestiones, se ponderó el hecho de que en el telegrama de solicitud de admisión, la República Dominicana, por conducto de su Secretario de Relaciones Exteriores, había mostrado su disposición de: “aceptar las condiciones establecidas en el artículo primero del Pacto y a cumplir todas las obligaciones que comporta su calidad de Miembro de la Sociedad”.
Respecto a las cuestiones armamentísticas, tomó la Asamblea en consideración el hecho de que la Comisión para cuestiones, navales y aéreas manifestó en su informe que:
“Desde el punto de vista militar, naval y aéreo, el Estatuto actual de las Fuerzas militares, navales y aéreas de la República Dominicana, no constituye un obstáculo para su admisión en el seno de la Sociedad de Naciones”.
El paso siguiente consistió en examinar los plenos poderes del representante dominicano como delegado a la Quinta Asamblea de la Sociedad de Naciones, los cuales fueron hallados conformes. Luego fue invitado el delegado dominicano a tomar asiento entre los delegados de la Asamblea.
Como era de estilo, tras la aprobación del ingreso y la incorporación del delegado a la Asamblea, era de rigor que el mismo pronunciara un breve discurso protocolar antes sus pares. El Lic. De Castro, notable orador y jurisconsulto, lo hizo en los siguientes términos:
“Señor Presidente, Señoras, Señores:
La República Dominicana, al reinstaurar su propio gobierno, ha considerado el primero de sus deberes internacionales comparecer ante esta Sociedad de Naciones, como una nueva afirmación de su irretractable voluntad de constituir, siempre, un Estado independiente plenamente soberano, y de su devoción al derecho y a la justicia, cuyo respeto por todos los pueblos, asegurará sobre bases inquebrantables la paz del mundo, en sustitución de los procedimientos violentos de la fuerza que tanto dolor y tantos males han causado a la humanidad.
Inspirado en esas ideas, que constituyen, puedo afirmarlo, el credo político de mi patria que elevó un día a canon constitucional el arbitraje como solución de conflictos o desacuerdos internacionales, ratificó solemnemente, ante vosotros, honorables señores delegados, la sincera intención que anima a la República Dominicana de perseverar en el cumplimiento de sus obligaciones internacionales y de someterse respetuosa a los reglamentos establecidos por esta Sociedad en lo concerniente a sus fuerzas y sus armamentos militares, navales y aéreos”.
Permitidme, finalmente, que exprese al Consejo y a La Asamblea la sincera gratitud del pueblo dominicano por la manera expedita y cordial con que han acogido su solicitud y os ruego que no consideréis que es tan sólo mi voz la que manifiesta esa gratitud, ni que es sólo mi corazón el que la siente, sino las voces todas de mi pueblo y su propio corazón ahora encarnado en el mío”.
Tras el formal ingreso de la República Dominicana, se produjo un importante intercambio de telegramas. El Secretario General de la Sociedad de Naciones se dirigió al gobierno dominicano en los siguientes términos:
“De orden del Presidente de la Asamblea de la Sociedad de las Naciones, tengo el honor de anunciar a Usted que en su sesión del 29 de septiembre la Asamblea ha declarado admitida entre los miembros de la Sociedad de Las Naciones a la República Dominicana”.
El mismo fue respondido por el gobierno dominicano, en la persona de su Secretario de Relaciones Exteriores, Lic. Ángel María Soler, con similar cortesía y formalidad diplomática:
“Drummond Secretario General Ginebra- Ruégole expresar al honorable Presidente de la Sociedad de Las Naciones a nombre del Gobierno Dominicano su agradecimiento por su atento aviso relativo a la admisión de la República Dominicana en la Sociedad de Las Naciones”.

Fue nuestro primer representante ante la Sociedad de Naciones el Lic. Angel Morales, notable jurista, político y diplomático, quien en tal virtud nos representó en la VI Asamblea de las Naciones Unidas, efectuada en septiembre de 1927.
Digna representante de la Sociedad de Naciones en nuestro país, lo fue la Licenciada María Teresa Paradas, destacada patriota y luchadora feminista, primera dominicana en obtener el título de abogada.
3.- Declive y desaparición de la Sociedad de Naciones
Penosamente, especialmente a partir de la crisis financiera de 1929, inició para la Sociedad de Naciones el período fatídíco de su colapso irreversible. Aunque no podían ser más nobles y valederos los fines que le dieron origen, nació como consecuencia de un pacto injusto, como lo fue Versalles. Fue este su imborrable pecado original.
Nada pudo hacer, lamentablemente, a pesar del logro trascendental que significó el pacto Briand-Kellogg, para evitar el resurgimiento del fantasma de los nacionalismos- que devenidos en patológicos no lograron trascender el delirio autoreferencial- como tampoco pudo poner coto alguno a las ambiciones imperiales.
Y llegó entonces una nueva conflagración mundial. La segunda en apenas dos décadas del pasado siglo, que el gran historiador Eric Hobsbawn definiera como el “siglo más corto y a la vez más sangriento”.
Advertencia elocuente e imperecedera, sin que esto signifique dar cabida al pesimismo antropológico, de que parece más proclive la condición humana a hacer la guerra que a construir la paz y que cuando truenan los cañones dormita la diplomacia.
Tras el descalabro de la Sociedad de Naciones, surgió la Organización de las Naciones Unidas, de la cual la República Dominicana es uno de sus miembros fundadores.
Fuentes
1.- Anuario de la Sociedad de Naciones correspondiente al 1924
2.- Revista Dominicana de Derecho Internacional. Primer volumen, Santo Domingo, 1927
3.- Períodico El Cable, San Juan, 1930.